El Gobierno nacional dispuso la obligatoriedad de detallar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en todas las facturas de bienes y servicios a partir del 1° de abril.
Lo hizo a través de una disposición de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunciada este jueves.
Según se informó, desde esa fecha, todos los vendedores de bienes y servicios debieron incluir en un apartado específico de sus tickets el monto correspondiente al IVA.
Está medida, que se extiende a “todo el universo de contribuyentes“, forma parte del cronograma dispuesto por ARCA para la implementación del régimen de transparencia fiscal.
Previamente, desde enero, esta obligación había estado vigente únicamente para las grandes empresas, no obstante, aquellos contribuyentes que emitían comprobantes mediante facturación electrónica utilizando sistemas del organismo como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya contaban con la opción de discriminar el IVA en sus comprobantes de compra.
Con la entrada en vigor de esta nueva disposición, “la obligación se extendió a todo el universo de comercializadores de cualquier tipo de bien o servicio”