El Tribunal de la Zona Este lo halló culpable de abuso sexual con acceso carnal, amenazas coactivas y desobediencia a una orden judicial, en un contexto de violencia de género. La sentencia fue de siete años de prisión efectiva.
Un joven de 20 años fue condenado a siete años de prisión efectiva tras ser hallado culpable de abuso sexual, amenazas y desobediencia a una medida judicial de restricción, en un caso que tuvo lugar en la localidad de Ingeniero Giagnoni, departamento de Junín. La sentencia fue dictada en los Tribunales de la Zona Este luego de la realización del juicio oral.
La investigación estuvo a cargo de la fiscalía especializada en delitos contra la integridad sexual y violencia de género, que durante el proceso solicitó una pena de ocho años de cárcel. Por su parte, la defensa del acusado pidió la absolución. Finalmente, la magistrada interviniente resolvió imponer una condena de siete años por considerarlo responsable de dos hechos de abuso sexual con acceso carnal, además de amenazas coactivas y el incumplimiento de una prohibición de acercamiento que ya estaba vigente.
Según la reconstrucción de los hechos presentada durante el debate, los episodios ocurrieron en febrero de este año. La denunciante, quien mantuvo una relación con el condenado y tiene un hijo en común con él, relató que el acusado ingresó sin autorización a su vivienda, donde la sometió mediante el uso de la fuerza. Horas después, la mujer volvió a ser interceptada mientras transitaba por la vía pública. De acuerdo a la información difundida, el agresor la trasladó por la fuerza hasta un inmueble abandonado, donde se produjo un segundo ataque.
Tras los hechos, la víctima recibió mensajes intimidatorios en los que el imputado le advertía sobre posibles represalias si denunciaba lo ocurrido. Días más tarde, el joven volvió a presentarse en el domicilio de la mujer a pesar de tener la restricción judicial. En esa oportunidad, la víctima logró comunicarse con el servicio de emergencias y el personal policial que acudió al lugar procedió a la detención del acusado. Durante la investigación se constató que el condenado había incumplido en más de una ocasión la prohibición de acercamiento, circunstancia que también fue considerada al momento de la sentencia.

